Tener hijos implica la obligación legal de asegurar su subsistencia, es decir, garantizarle todo aquello que sea necesario para que tengan una vida adecuada y su desarrollo integral: alimentación, habitación, vestido, asistencia, atención médica, medicinas, recreación, formación integral, educación académica, entre otros.
La Ley No. 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, es el marco legal vigente en República Dominicana y establece los mecanismos para que a los menores se les cubra sus necesidades básicas.
Cuando los padres están separados, divorciados o nunca han tenido una vida común, conviene establecer de manera amigable el monto y las condiciones de la pensión para los hijos menores, pero esto no siempre es posible, por lo que existen mecanismos para demandar al progenitor que no tenga a su cargo el niño/a. En eso casos, un Juez determinará el monto a pagar considerando la solvencia económica y estabilidad del progenitor que deba pagar.
¿Cuál es el procedimiento para demandar por pensión alimenticia?
- El primer paso a seguir requerirá apoderar al Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del lugar donde resida el menor.
- A continuación debe agotarse una fase conciliatoria en la cual, se determinará la cuantía de la obligación alimentaria, el lugar y la forma que se hará, la persona a la que debe entregársele el pago y los demás aspectos vinculados a su cumplimiento.
- En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo, se pasa a un proceso donde un equipo técnico realiza las investigaciones socioeconómicas pertinentes que servirán para establecer el monto la pensión.
- Posteriormente, se presenta una demanda ante el tribunal con las formalidades que establece la mencionada Ley 136-03. Se realiza una audiencia, en la cual el juez escuchará las razones de las partes, se verán pruebas, habrá interrogatorios y se dictará una sentencia en esa audiencia o en otra que fijará dentro de los 6 días siguientes; en esa sentencia se determinará el monto, la modalidad de la pensión y otros.
Hay múltiples situaciones que se presentan en relación a los hijos menores y la obligación de su manutención: acuerdos arribados que no se cumplen, padres que disimulan sus ingresos para reducir los montos de las pensiones, padres que se han mudado a otro país, manutención para la mujer embarazada de hijos aun no nacidos y muchas mas. En todos los casos hay una posible respuesta legal para apoyarles. Cuente con la experiencia de nuestra firma Del Castillo & Asoc. sí requiere más información, asesoría o apoyo jurídico con este procedimiento. Contáctenos en el 809-482-6503 o escribirnos al Correo electrónico: info@delcastilloyasoc.com ¡Estamos capacitados para atenderles y asesorarles!